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Deducciones fiscales en el IRPF por obras de rehabilitación energética en 2026: Aprovecha tus reformas y ahorra impuestos
La rehabilitación energética de viviendas y edificios residenciales no solo mejora el confort, la eficiencia y el valor de tu inmueble… ¡también puede ayudarte a pagar menos impuestos! Gracias a las últimas medidas aprobadas por el Gobierno, las deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por obras de mejora energética se han prorrogado hasta finales de 2026, manteniendo incentivos muy atractivos para particulares y comunidades de propietarios.
¿Qué se puede deducir?
El Real Decreto‑ley 16/2025, publicado en el BOE el 24 de diciembre de 2025, mantiene tres niveles de deducción fiscal en el IRPF según el objetivo energético alcanzado con la obra:
20 % de deducción
- Objetivo: reducir al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda.
- Base máxima anual deducible: 5 000 €.
- Requisitos: certificado energético antes y después de la obra.
40 % de deducción
- Objetivo: reducir en al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o mejorar la calificación energética hasta A o B.
- Base máxima anual deducible: 7 500 €.
- Requisitos: también exige certificación energética.
60 % de deducción
- Objetivo: rehabilitaciones energéticas en edificios residenciales que cumplan los criterios de eficiencia (reducción de 30 % de energía primaria no renovable o mejora de calificación a A o B).
- Base máxima anual deducible: 5 000 €, con posibilidad de arrastrar la deducción hasta cuatro años y un límite acumulado de 15 000 € por vivienda.
- Ideal para proyectos comunitarios como fachadas, cubiertas o instalaciones comunes.
Importante: en todos los casos es obligatorio contar con un certificado de eficiencia energética emitido antes de la obra y otro después de la finalización, así como conservar la documentación de pagos.
¿Qué obras se pueden incluir?
Estas deducciones se aplican a obras de rehabilitación energética que impliquen mejoras reales en la eficiencia del edificio o vivienda, por ejemplo:
- Sustitución o mejora de sistemas de calefacción, refrigeración o agua caliente sanitaria (ACS).
- Mejora del aislamiento térmico (fachadas, cubiertas, ventanas).
- Instalación de sistemas más eficientes de energía (bombas de calor, energía solar térmica, etcétera).
- Intervenciones que contribuyan a subir la calificación energética hasta A o B.
¿Hasta cuándo puedo aplicarlas?
- Las obras deben financiarse y certificarse antes del 31 de diciembre de 2026.
- El certificado energético posterior a la reforma debe expedirse antes del 1 de enero de 2027.
- Para las actuaciones en edificios residenciales (deducción del 60 %), el plazo para certificar puede extenderse hasta finales de 2027 en ciertos casos.
¿Por qué es una gran oportunidad?
Estas deducciones representan un impulso fiscal significativo para promover la rehabilitación energética y la eficiencia en el parque residencial español. Se alinean con los objetivos de sostenibilidad y ahorro energético, reducen la factura fiscal y ayudan a disminuir el gasto energético y mejorar el confort en el hogar.
En resumen
- La prórroga de las deducciones por rehabilitación energética sigue vigente hasta 2026.
- Puedes deducir entre 20 %, 40 % y hasta 60 % de tus inversiones según el impacto energético de la obra.
- Es imprescindible cumplir con los requisitos de certificación energética y documentación.
- Una oportunidad para ahorrar en tu IRPF mientras modernizas tu vivienda o edificio.
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